De acuerdo al Acta 71 del 6 de Diciembre el Consejo dispuso que cuando exista una orden Judicial por parte del Poder Judicial y/o INAU solicitando inscripciones de niños, se debe proceder a la inmediata inscripción de los mismos en la Escuela de Referencia.
Una vez realizada la inscripción, deberá la Dirección del centro escolar comunicar que se ha cumplido con lo requerido, para que se adopten los recaudos pertinentes.
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